En la tarde de este viernes, mediante un comunicado de prensa, desde el municipio local se informó que, «la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de San Nicolás, denegó el recurso extraordinario de nulidad deducido por la empresa Ternium Argentina S.A. contra el fallo judicial que obliga a la empresa a pagar la deuda que detenta por las cuotas impagas de la tasa de inspección de seguridad e higiene».
El informe manifiesta que el fallo sería por el primer juicio iniciado por la municipalidad de Ramallo reclamando el pago de la tasa y cuenta con un fallo a favor de primera y segunda instancia.
“En esta oportunidad la cámara ha decidido en forma unánime rechazar el planteo extraordinario efectuado por la empresa deudora para que el caso sea elevado y tratado por la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, otorgándole una vez más la razón al municipio de Ramallo en cuanto a la legalidad de del reclamo interpuesto”, expresaba el informe sobre el cierre de su desarrollo.
El Dictamen:








