UxP dio a conocer su posición sobre el uso de Drones para fumigación y contradijo a FAA

En las ultimas horas, luego que snrhjoy.com.ar diera a conocer un comunicado de FAA expresándose sobre la ordenanza aprobada por mayoría en el concejo deliberante local que permite el uso de Drones para la fumigación y donde, también, mostraban su descontento al no ser convocados de antemano para hablar del tema, desde el bloque de concejales de Unión por la Patria, se manifestaron al respecto.

Los ediles del oficialismo enviaron una gacetilla de prensa refiriéndose al proyecto y los motivos que los llevaron a abstenerse a la hora de votarlo en el recinto: “El Concejo Deliberante Ramallo, por mayoría del interbloque Juntos, aprobó recientemente la ordenanza que regula el uso de drones para tareas de fumigación en el distrito. El proyecto fue presentado por Juntos UCR y contó con el acompañamiento del ingeniero agrónomo Raúl Salvioni, quien expuso en el marco del trabajo de comisiones. Más allá del tiempo transcurrido en comisiones, estamos convencidos que fue despachado con celeridad. En consecuencia, desde nuestro bloque nos abstuvimos en la votación”, expresa en su comienzo el comunicado.

Con posterioridad puntualizaron sobre los motivos que los llevaron a actuar de esa manera:” Primero, porque no entendíamos el apuro de aprobar una ordenanza sin un trabajo más exhaustivo, con la participación de más profesionales y de la sociedad civil. No nos olvidemos que la Ordenanza de Fitosanitarios vigente nació al calor de la participación colectiva. Además, tuvimos en cuenta que aún no existe normativa nacional o provincial clara que contemple de forma específica y completa el uso de drones para aplicaciones fitosanitarias. Por ejemplo, la ANAC sólo regula el uso aeronáutico del dron; SENASA reconoce los drones como tecnología de aplicación, pero aún no tiene una normativa específica; y la Pcia. de Buenos Aires regula productos fitosanitarios, pero no especifica nada sobre drones. Por lo que todo esto puede dar lugar a regulaciones locales no armonizadas con las normas superiores. Asimismo, entendíamos la necesidad de que tal debate debía ser más abierto y de forma más responsable. Sobre todo, entendiendo que una ordenanza municipal que regula condiciones ambientales sólo puede ser modificada respetando los principios de no regresión ambiental, el interés público y la participación ciudadana: es decir, no puede implicar un deterioro de las condiciones ambientales preestablecidas o de la calidad de vida de los vecinos”.

Refiriéndose sobre el cierre de la gacetilla a la presentación mediática realizada por la conducción de Federación Agraria Argentina Filial Villa Ramallo y negaron que se hayan comunicado con el cuerpo para pedir ser escuchados: “Dado las recientes controversias expresadas por la FAA (Filial Ramallo), manifestar que, habiendo recurrido a las autoridades legislativas y al archivo de ingresos, Mesa de Entrada del HCD nunca recibió nota de ninguna institución o federación solicitando participar en este tema, con lo que hubiéramos estado de acuerdo”.

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